DOCUMENTO ORGANIZATIVO INTERNO DEL CÍRCULO PODEMOS – MACARENA
ÍNDICE.
TÍTULO 1. CÍRCULO PODEMOS MACARENA.
CAPÍTULO 1. DEFINICIÓN.
TÍTULO 2. ÓRGANOS DEL CÍRCULO PODEMOS MACARENA.
CAPÍTULO 1. LA ASAMBLEA DEL CÍRCULO.
CAPÍTULO 2. LAS PORTAVOCÍAS DEL CÍRCULO.
CAPÍTULO 3. COMISIONES DE TRABAJO.
TÍTULO 1. CÍRCULO PODEMOS MACARENA.
CAPÍTULO 1. EL CÍRCULO PODEMOS MACARENA.
Art. 1 Definición.
El Círculo es una agrupación voluntaria y abierta a la participación de personas comprometidas con la transformación social sustentada en el respeto por la democracia, la dignidad y los derechos humanos. Compete a la Asamblea Ciudadana de Sevilla, establecer la relación de los Círculos con el Consejo Ciudadano Municipal, respetando los principios organizativos aprobados por la Asamblea Ciudadana Estatal y Autonómica.
Art. 2 Requisitos para participar en el Círculo.
La participación en los Círculos se guiará por lo establecido en los Estatutos estatales. En particular, no se permitirá en el Círculo PODEMOS Macarena actitudes sexistas, xenófobas, autoritarias, homófobas, discriminatorias, insultantes, acusaciones o caricaturas, difamaciones ni violencia verbal o física, así como ninguna actividad contraria a la defensa de los derechos humanos.
Cualquier persona inscrita en PODEMOS podrá solicitar la asistencia de la Comisión de Garantías Democráticas Andaluza o, en su caso, Estatal, para defender en un procedimiento escrito y contradictorio, la prevalencia en el Círculo de los Estatutos, los reglamentos organizativos y de los principios fundamentales en ellos expresados.
Art. 3 Principio de Horizontalidad.
La relación del Círculo PODEMOS Macarena con los demás círculos, respetará en todo momento el principio de horizontalidad aprobados en los documentos estatales de PODEMOS.
Art. 4 Principio de no duplicidad.
El Círculo PODEMOS Macarena no podrá solaparse ni cohabitar en el mismo espacio con ningún otro Círculo de la Ciudad de Sevilla, para delimitar el espacio se establece el criterio de Distrito municipal de la Macarena, el cual, abarca (de este a oeste) desde el río Guadalquivir a Carretera de Carmona y, (de norte a sur) desde la ronda de circunvalación de la SE-30 hasta la ronda del Casco Antiguo.
Art. 5 Principio de Integralidad.
El Circulo Podemos Macarena es un punto de encuentro abierto para la confluencia ciudadana, propugnando juntos y en común su desarrollo y fortalecimiento. Por ello, estará vetado realizar en su seno acciones proselitistas a favor a grupos políticos de ideologías distintas, asimismo, utilizar la infraestructura y los medios de comunicación del Circulo para beneficio y apalancamiento distinto a PODEMOS.
Art. 6 Relación del Círculo PODEMOS Macarena con la ciudadanía.
El Círculo PODEMOS Macarena debe tener como objetivos, entre otros, apoyados por el Consejo Ciudadano de Sevilla, los siguientes:
a) Trabajar en la dinamización política y social de sus barrio, fomentando la información y participación directa de la ciudadanía en la política electoral y en las movilizaciones de los movimientos sociales que vayan en la línea política de PODEMOS y específicas de este Círculo.
b) Mantener el contacto fluido y permanente con los actores de la sociedad civil y los movimientos sociales de su ámbito territorial.
c) Fomentar la participación ciudadana en los procesos participativos de PODEMOS, en los procesos electorales a los que se presente o apoye PODEMOS como formación política así como el control de los representantes públicos inscritos en PODEMOS.
d) Facilitar al Consejo Ciudadano de Sevilla y a sus Círculos sectoriales, información sobre los actores de la sociedad civil y los movimientos sociales presentes en el barrio, así como sobre la vida política de su territorio.
e) Impulsar en el barrio las movilizaciones sociales que sean promovidas o apoyadas por los órganos superiores en el distrito Macarena.
f) Impulsar o apoyar las movilizaciones sociales siempre y cuando no contravengan las líneas políticas aprobadas por órganos superiores.
Art. 7. Relación del Círculo PODEMOS Macarena con el Consejo Ciudadano de Sevilla.
El Círculo PODEMOS Macarena utilizará los mecanismos de participación que se establezca a través de las distintas Áreas de trabajo y en particular, con el Área de Participación y Círculos del Consejo Ciudadano de Sevilla.
Título II. Órganos del Círculo PODEMOS Macarena.
CAPÍTULO 1. La Asamblea del Círculo.
Art. 8 Definición.
La Asamblea de Círculo es el máximo órgano de decisión en aquellas competencias reconocidas por la Asamblea Estatal y la Asamblea Ciudadana de Sevilla.
La Asamblea del Círculo PODEMOS Macarena trabajará de forma continuada y participará en la toma de decisiones de la totalidad de los asistentes.
Las Asambleas del Círculo PODEMOS Macarena apuntan a funcionar en base a la confianza y a la iniciativa entre sus miembros, en un diálogo participativo, abierto y horizontal que propugne y fomente un proceso constante de elaboración de propuestas alternativas y enfoques, facilitando la expansión de la organización y
permitiendo la expansión creativa, solidaria y alternativa de actividades, encuentros y talleres.
Art. 9 Objeto.
La Asamblea del Círculo PODEMOS Macarena deberá ser consultada con carácter preceptivo, para todas aquellas decisiones enmarcadas en su ámbito de competencia, siempre en cumplimiento del Código Ético y de los Principios Políticos y Organizativos aprobados a nivel estatal, que se encuentren en vigor en cada momento.
Art. 10 Competencia de la Asamblea.
a) Convocar consultas a las Asambleas Ciudadanas, según lo establecido en el Art. 52 de los Estatutos estatales.
b) Convocar debates en los Consejos Ciudadanos.
c) Aprobar propuestas para el Consejo Ciudadano de Sevilla, según establecen los Estatutos.
d) Aprobar e impulsar estrategias e iniciativas al resto de los Círculos.
e) Proponer conjuntamente con al menos un 20% de los Círculos de Sevilla validados la convocatoria de la Asamblea Ciudadana de Sevilla.
f) Promover o adherirse a una Consulta Revocatoria conjuntamente con al menos el 25% de los Círculos validados de Sevilla.
g) Convocar una Asamblea Ciudadana Extraordinaria (presencial) conjuntamente con al menos el 35% de los Círculos validados de Sevilla.
h) Aprobar y/o modificar los documentos organizativos de Círculo PODEMOS Macarena.
i) Designar las portavocías del Círculo PODEMOS Macarena.
j) Supervisar el trabajo de las distintas Comisiones.
k) Aprobar las cuentas del Círculo PODEMOS Macarena.
l) Aprobar e impulsar las estrategias y las distintas iniciativas insertas en su ámbito de competencia, siempre que las mismas estén en consonancia con la línea política de PODEMOS.
m) Facilitar el correcto desarrollo de las directrices que emanen de los órganos superiores de PODEMOS.
Art. 11 De la Asamblea.
La Asamblea del Círculo PODEMOS Macarena se reunirá con carácter Ordinario y Extraordinario.
- La Asamblea Ordinaria.
La Asamblea Ordinaria se reunirá una vez al mes para la deliberación, debate y aprobación de sus actividades continuadas.
-La Asamblea Extraordinaria.
La Asamblea Extraordinaria será convocada por el Círculo PODEMOS Macarena en los siguientes casos:
- A solicitud del 20% de los inscritos a través de la Comisión de Contenidos.
- A requerimiento de los órganos superiores de PODEMOS.
- Para elegir, modificar y revocar a l@s responsables y órganos del Círculo.
- Para modificar los reglamentos internos sobre la organización del Círculo.
- En los procesos electorales, para la elección de portavocías y/o responsables de comisiones y/o grupos de trabajo.
- En la toma de decisiones que, por su transcendencia, pudieran definir o afectar a la imagen pública de PODEMOS, en el ámbito territorial de actuación del Círculo PODEMOS Macarena.
Las Asambleas (ordinarias y extraordinarias), se regirán por el Reglamento de Funcionamiento de Asambleas del Círculo PODEMOS Macarena que se adjuntan al presente documento organizativo interno.
CAPÍTULO 2. Las Portavocías del Círculo.
Art. 12 Competencias y obligaciones.
Las personas que ostenten, en cada momento, las portavocías del Círculo PODEMOS Macarena serán las encargadas de representar al Círculo dentro y fuera de su ámbito territorial.
Representan al Círculo PODEMOS Macarena ante los medios de comunicación y, ante órganos, instituciones y entidades donde se requiera su presencia, por ello, estarán obligadas a defender los acuerdos adoptados en las Asambleas del Círculo PODEMOS Macarena, así como aquellos que emanen de los órganos superiores de PODEMOS.
Como miembros con responsabilidad en el Círculo, tendrán capacidad de decisión ante aquellas situaciones que requieran urgencia y no haya tiempo material para que la Asamblea del Círculo se posicione.
Deberán acudir a las reuniones de la Comisión de Contenidos y Organización del Círculo.
Deberán presentar informe de sus actuaciones en las Asambleas Ordinarias del Círculo PODEMOS Macarena que tengan lugar durante su mandato.
Deberán presentar un informe de Gestión ante la Asamblea Extraordinaria a la finalización de su mandato. Al ser la máxima representación institucional del Círculo, las portavocías, velarán por el funcionamiento regular de sus órganos internos y les corresponde dar continuidad a la línea política acordada en las Asambleas Ciudadanas y adaptarlas a las circunstancias del momento.
Art. 13 Elección de las portavocías.
Se elegirán dos portavocías, una mujer y a un hombre, entre los inscritos en el Círculo PODEMOS Macarena.
La duración del mandato de cada una de las portavocías será de seis meses, pudiendo repetir la persona elegida hasta un máximo de dos mandatos consecutivos.
En caso de no existir personas que opten a las portavocías, seguirán las portavocías salientes de manera interina, debiéndose convocar una nueva Asamblea Extraordinaria en el periodo máximo de un mes para la elección de portavocías.
Art. 14 Las portavocías suplentes.
Ostentarán las funciones y obligaciones de las portavocías del Círculo, cuando éstas no puedan llevarla a cabo.
Su elección y cese coincidirán con el de las portavocías.
La Asamblea del Círculo PODEMOS Macarena podrá designar como máximo dos portavocías suplentes serán ocupadas por una mujer y un hombre, designados entre los miembros del Círculo PODEMOS Macarena.
CAPÍTULO 3. Comisiones de Trabajo.
Art. 15 Objeto de las Comisiones de Trabajo.
El Círculo PODEMOS Macarena, para desarrollar su trabajo e implementarlo establecerá Comisiones de trabajo para la efectiva participación de todos los miembros del Círculo.
Art. 16 Funciones y composición de las Comisiones de Trabajo.
Las Comisiones de trabajo, estarán compuestas por los miembros del Círculo PODEMOS Macarena que deseen participar en ellas.
Cada Comisión tendrá una Portavocía de Comisión que será la encargada de dinamizarla y exponer ante la Asamblea lo que consideren sus componentes y sea de relevancia para la misma.
Las Comisiones será autónoma para desarrollar su trabajo siempre que el mismo no vaya en contra de los acuerdos adoptados por la Asamblea del Círculo PODEMOS Macarena y los adoptados por los órganos superiores de PODEMOS.
El Círculo PODEMOS Macarena, según su naturaleza y funcionamiento tendrá como mínimo las siguientes Comisiones de Trabajo y sus correspondientes competencias.
a) Comisión de Contenido y Organización.
Será la encargada de organizar las Asambleas y proveerlas de los medios necesarios, proponiendo el Orden del Día, la fecha, el lugar y la duración de las mismas.
Será la encargada de elaborar los documentos que se acuerden en la Asamblea, así como de presentar propuestas desde la Comisión en particular y de la Asamblea en general para su debate político en las mismas.
b) Comisión de Comunicación.
Las funciones de la Comisión de Comunicación serán las de gestionar todos los canales de difusión que tenga el Círculo con especial atención al correo electrónico y a las redes sociales. La Comisión de Comunicación sólo podrá hacer uso de los distintos medios de difusión del Círculo para comunicarse con otros órganos de PODEMOS, difundir noticias en línea con lo aprobado en las Asambleas Ciudadanas, comunicará, tras su conocimiento, las actividades públicas de los distintos cargos electos de PODEMOS y los acuerdos del Círculo PODEMOS Macarena, el Consejo Ciudadano Estatal, Autonómico o el Municipal.
Fomentará, también, todas aquellas acciones destinadas a favorecer la comunicación del Círculo con su ámbito territorial y viceversa.
c) Comisión de Participación Ciudadana y Extensión.
Será la encargada de contactar con los vecinos, así como con las asociaciones, organizaciones, movimientos sociales y sindicales del barrio con el fin de recabar propuestas y hacer llegar la voz de PODEMOS al conjunto de la Ciudadanía. Deberá hacer una labor constante de acercamiento de nuevos miembros al Círculo.
d) Comisión de Finanzas.
La Comisión de Finanzas será la encargada de la contabilidad del Círculo. Deberá promover todas aquellas actuaciones que estén dentro de las competencias del Círculo para recibir ingresos.
Será la encargada de aprobar los gastos que no requieran más de un 20% del dinero efectivo del que disponga el Círculo.
Deberá presentar Informes trimestrales del estado de la cuentas del Círculo. Anualmente, elaborará un informe de las cuentas del Círculo que se presentará a la Asamblea para su aprobación.
La Asamblea del Círculo PODEMOS Macarena podrá acordar la creación de nuevas Comisiones de Trabajo tanto temporales como permanentes para desarrollar el trabajo propio del Círculo
Art. 17. Funciones de las Portavocías de las Comisiones de Trabajo.
Cada Comisión de Trabajo nombrará entre sus componentes una portavocía, debiendo ser anunciada en la Asamblea del Círculo con posterioridad a su elección. Las portavocías de las distintas Comisiones, serán las encargadas de trasladar a la Asamblea los trabajos realizados por cada una de ellas.
La duración en el cargo de las distintas portavocías de las Comisiones de Trabajo, será la misma de las Portavocías del Círculo, rigiendo para ellas la misma normativa que para las Portavocías del Círculo PODEMOS Macarena.
Podrán acompañar a las portavocías del Círculo, a las reuniones que establezca el Consejo Ciudadano de Sevilla o ante cualquier otro Órgano, Institución, entidad o en las actuaciones en las que por su naturaleza sea interesante su presencia.
Art. 18. Relación entre las distintas Comisiones de Trabajo.
Las Comisiones de Trabajo se regirán por el principio de horizontalidad y cooperación entre ellas, ninguna tiene un carácter jerárquico sobre las demás y deberán estar en permanente contacto entre las mismas, puesto que si bien son autónomas no son espacios estancos.
Las portavocías de las comisiones de trabajo y las Portavocías del Círculo PODEMOS Macarena tienen el deber de realizar una labor coordinada en el desarrollo de sus funciones y facilitar una comunicación fluida entre ellas.
Art. 19 Mesa de Coordinación.
Para facilitar la comunicación de las acciones de las distintas Comisiones de Trabajo, las portavocías podrán convocar la Mesa de Coordinación del Círculo. Esta mesa estará compuesta por las distintas portavocías de las Comisiones de Trabajo y por las Portavocías del Círculo PODEMOS Macarena.
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